
PROGRAMA AYUDAS MOVES FLOTAS
Objetivo:
Conceder ayudas a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros, dentro del Programa MOVES FLOTAS.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios del programa:
- Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).
- El sector publico institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/ 2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Actuaciones subvencionables:
Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible.
Actuación 2: Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de la empresa o entidad solicitante.
Actuación 3: Actuaciones de Transformación de la flota hacia la electrificación.
Costes subvencionables:
- Sobrecoste de adquisición de los vehículos eléctricos sobre los de combustión
- Elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones
- Costes de dirección facultativa
- Costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 20% de la inversión elegible
- Costes de montaje de las instalaciones
- Equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias
- Costes de la gestión de la solicitud y de la justificación de las ayudas, hasta un límite de 10.000€
Subvención:
La ayuda es en régimen de concurrencia competitiva y con efecto incentivador. Se pueden presentar varías solicitudes en caso de disponer de varías flotas (imprescindible solicitud por actuación 1; 2 y 3 opcionales), aun así la ayuda máxima por beneficiario no podrá superar los 2,5 M€, la cuantía dependerá del tipo de beneficiario y la tipología de vehículo/motorización y estará entre un 40% y 70% del importe subvencionable.
Actuación 1: un máximo de 500 vehículos objete de ayuda por sol· licitud y un mínimo de 25 vehículos por solicitud.
Actuación 2: el número de puntos de recarga incentivados no puede ser superior al número de vehículos incentivados.
Actuación 3: un máximo de ayuda equivalente al 20% de la ayuda total solicitada.
Plazo de ejecución de 18 meses desde notificación de resolución favorable, 3 meses más pe justificar.
Presentación solicitudes:
Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria y hasta el 19 de marzo de 2022.
Para más información:
Oriol Escudé: oriol.escude@cunovesa.com
T +34 93 889 70 77
F +34 93 885 59 31